Ya rige la prohibición para incluir tasas e impuestos ajenos en las facturas de servicios 

Ya rige la prohibición para incluir tasas e impuestos ajenos en las facturas de servicios 

A 30 días del anuncio oficial del Gobierno, entró en vigencia la resolución por la cual las facturas de los servicios públicos ya no pueden incluir otros cargos, como tasas o impuestos. Esto abarca a las empresas de servicios públicos de todo el país y a quienes comercializan bienes.  Solo podrán incluir en sus facturas única y exclusivamente la descripción y el precio correspondiente al servicio que prestan.

Esto pega de lleno en la caja de muchos intendentes y algunos gobernadores, que cobraban parte de los impuestos municipales o provinciales a través de las boletas de luz, gas, agua o mantenimiento del espacio público. Desde la Secretaría de Comercio explicaron que en caso de incumplimiento, los consumidores podrán denunciar las irregularidades a través de la casilla de correo electrónico denunciatufactura@comercio.gob.ar. 

Las empresas que no cumplan con la normativa podrán recibir distintos tipos de sanciones, que van desde la apertura de un sumario administrativo hasta la aplicación de multas.

La resolución 267/24 de Industria y Comercio se complementa con las resoluciones del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) publicadas esta semana, en las que se prohíbe incluir en las facturas conceptos ajenos a los servicios prestados.

La medida fue respaldada por asociaciones de consumidores de todo el país que manifestaron la necesidad de terminar con estos cobros indebidos, que encarecen el valor total de la factura.

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