Declaran inconstitucional un artículo de la Reforma Laboral que recorta las indemnizaciones
La reforma laboral impulsada por el Gobierno y aprobada por el Congreso sumó un nuevo traspié en la justicia. La Sala I de la Cámara de Apelaciones del Trabajo declaró la inconstitucionalidad del artículo 55 de la Ley, que establecía un piso equivalente al 67% de la actualización de deudas en pleitos judiciales, lo que implicaba un recorte efectivo del 33% en el monto de las indemnizaciones judicializadas.
En su fallo, los jueces señalaron que la reducción del 33% produce una pérdida de dinero que tiene carácter alimentario y remarcaron que se penaliza de forma arbitraria a los trabajadores que debieron recurrir a los tribunales para hacer valer sus derechos, con lo que se vulnera la igualdad ante la ley. Por último, también consideraron que la norma afecta la posibilidad de reclamar ante la justicia.
Tras decretar la invalidez del artículo 55, la Cámara dispuso que las indemnizaciones deberán ser liquidadas según lo previsto en el artículo 54 de la misma ley: indexación por el Índice de Precios al Consumidor del INDEC más una tasa de interés del 3% anual.
La decisión de la Sala I se suma a una postura similar que había adoptado la Sala VI. Sin embargo, el panorama en los tribunales del trabajo está lejos de ser unánime: las salas II y VIII respaldaron en pronunciamientos previos la validez del mismo artículo. Todo esto parece indicar que el conflicto de fondo será resuelto por la Corte Suprema.

